Si trabajas en remoto (programador, diseñador, creador de contenido, consultor…) y te atrae vivir en Andorra, existe una residencia pensada para ti: la D.3, residencia para nómada digital. No necesitas un contrato con una empresa andorrana, pero sí una resolución previa del Ministerio de Economía, vivienda en Andorra y un seguro médico. Te explico los requisitos según la ficha oficial de Immigració.
D.3 en 30 segundos
- Para personas que no necesitan una ubicación geográfica concreta para trabajar y usan las telecomunicaciones y la tecnología.
- Entra dentro de una cuota fijada por reglamento.
- Tienes que vivir en Andorra un mínimo de 90 días por año natural.
- Duración: 2 años, renovaciones de 2 y 3 años y después de 10.
- Necesitas una resolución favorable del Ministerio de Economía, vivienda, medios económicos suficientes y seguro de enfermedad.
¿Quién puede pedir la residencia de nómada digital?
Según la ficha del Govern, la puede solicitar toda persona recién llegada que, para hacer su trabajo, no requiera una ubicación geográfica concreta y utilice las telecomunicaciones y la tecnología. Además tiene que entrar dentro de la cuota reglamentaria y establecer en Andorra su residencia principal y efectiva durante al menos 90 días al año.
La D.3 es una residencia sin trabajo por cuenta ajena en Andorra: es para quien ya tiene sus clientes o su empleador fuera. Si lo que quieres es montar un negocio aquí, la vía es la residencia por cuenta propia (J.1); si vas a trabajar para una empresa andorrana, la A.1.
Duración de la autorización
| Fase | Duración |
|---|---|
| Autorización inicial | 2 años |
| Primera renovación | 2 años |
| Segunda renovación | 3 años |
| Siguientes renovaciones | 10 años |
La ficha indica que hay excepciones para los nacionales de estados que tengan un convenio firmado y ratificado con Andorra.
Documentos que te piden
- Solicitud de autorización de residencia sin trabajo.
- Pasaporte en vigor (los ciudadanos de la UE y del EEE pueden usar el DNI).
- Certificados de antecedentes penales del país de origen, de nacionalidad y de residencia, y declaración jurada.
- Una foto en color de 35 x 45 mm de menos de 6 meses.
- Resolución favorable del Ministerio de Economía que acredite que tu trabajo no requiere una ubicación concreta y se hace con tecnología y telecomunicaciones.
- Prueba de que eres propietario o inquilino de una vivienda que cumple las condiciones de habitabilidad, o de que has iniciado la compra (debe terminarse en un año).
- Documento de estado civil.
- Compromiso de residir en Andorra un mínimo de 90 días por año natural.
- Prueba de medios económicos suficientes para ti y las personas a tu cargo durante toda la autorización (la cantidad la fija el reglamento).
- Seguro de enfermedad e incapacidad válido en Andorra para ti y tu familia (los menores y los mayores de 60 años, solo de enfermedad).
- Consentimiento para la revisión médica.
Todos los documentos extranjeros tienen que ir con la Apostilla de La Haya o legalizados. Y una vez concedida, tienes un mes para inscribirte en el comú de tu parroquia (te lo explico en primeros trámites).
El orden correcto de los pasos
- Pide la resolución del Ministerio de Economía que te reconozca como nómada digital.
- Busca vivienda: necesitarás el contrato de alquiler o la compra en marcha. Mira el precio del alquiler y las 7 parroquias.
- Contrata un seguro médico privado válido en Andorra.
- Reúne y apostilla los documentos en tu país.
- Presenta la solicitud en el Servei d’Immigració.
- Con la autorización, inscríbete en el comú en el plazo de un mes.
Impuestos: lo que tienes que tener en cuenta
La D.3 te pide vivir en Andorra 90 días al año, pero la residencia fiscal se mide de otra forma: según Tributs, eres residente fiscal si vives aquí más de 183 días al año o si Andorra es el centro de tus intereses económicos. Si pasas aquí menos tiempo, puede que otro país siga considerándote residente fiscal. Antes de mudarte, consulta tu caso con un asesor fiscal de ambos países. Si acabas siendo residente fiscal aquí, tributarás por el IRPF andorrano (10 % como máximo).
Ojo: la D.3 no es una vía para pagar menos impuestos sin vivir aquí. El Govern exige residencia efectiva y vivienda, y en los últimos años ha endurecido los requisitos de la inmigración y la inversión. Confirma siempre las condiciones vigentes con el Servei d’Immigració.
Preguntas frecuentes
¿Puedo trabajar para una empresa andorrana con la D.3?
La D.3 es una residencia sin trabajo en Andorra, pensada para quien trabaja en remoto. Si vas a tener un empleador andorrano, necesitas una residencia de trabajo.
¿Cuántos días tengo que vivir en Andorra?
Un mínimo de 90 días por año natural, según la ficha oficial.
¿Cuánto dinero necesito demostrar?
La ficha remite a los “medios económicos suficientes” que establezca el reglamento, sin dar una cifra. Pregunta la cantidad vigente en Immigració antes de empezar.
Fuente: Govern d’Andorra, Immigració, D.3. Residència per a nòmada digital. Revisado en octubre de 2026. Información orientativa.
Foto: Andorra la Vella, de Tiia Monto, Wikimedia Commons, licencia CC BY-SA 3.0.